Suspenden términos en la Secretaría de Economía y se establecen medidas administrativas para contener la propagación del coronavirus COVID-19.
Bancario y FinancieroEl pasado 23 de marzo el gobierno publicó el acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus COVID-19 en México como una enfermedad grave de atención prioritaria y se establecieron las actividades de preparación y respuesta a la pandemia.
Asimismo, con fecha 24 de marzo, se publicaron las medidas preventivas de mitigación y control que debían tener las autoridades civiles, militares y particulares, así como las dependencias y entidades del gobierno, en las que se señala la suspensión temporal de actividades del sector público, social y privado que involucren concentración física, tránsito o desplazamiento de personas hasta el 19 de abril del presente año.
Dada esta situación, la Secretaría de Economía publicó con fecha 26 de marzo de 2020, en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se suspenden términos y establecen medidas administrativas para contener la propagación del Coronavirus.
Entre dichas medidas, se encuentran las siguientes:
1.Se suspenden, por causa de fuerza mayor, todos los términos de los trámites, procedimientos y recursos ante la Secretaría de Economía hasta el 19 de abril de 2020. Los días que comprende la vigencia se consideran como inhábiles para todos los efectos legales, por lo que no correrán los plazos de los trámites antes señalados.
2.Todos los trámites y procedimientos no incluidos en la suspensión, que se gestionan ante la Secretaría de Economía, se sustanciarán por los medios de comunicación electrónica ya existentes, por lo que se suspende la recepción de documentación de manera física para los trámites que se siguen ante la Secretaría de Economía.
3.Para efectos de los procedimientos en materia de prácticas desleales de comercio internacional, tramitados ante la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, los plazos y términos legales correrán normalmente. En el periodo del 23 de marzo al 17 de abril de 2020, el desahogo de todas las diligencias, tanto para la Secretaría como para las partes, se hará vía correo electrónico, por lo que se habilita la dirección electrónica upci@economia.gob.mx para las promociones que presenten las partes, mismas que deberán proporcionar un correo electrónico para las comunicaciones que haga la Unidad. Durante este periodo no se admitirán promociones de manera presencial.
4.Para efectos de los trámites en materia de comercio exterior competencia de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE), los plazos y términos legales correrán normalmente, y continuarán operando conforme a lo previsto en la normatividad correspondiente en cada caso y en el Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior.
5.En relación con los certificados de origen, certificados de elegibilidad para bienes textiles y prendas de vestir (TPL) y certificados de cupo, que por su naturaleza requieren ser impresos, sellados y con firma autógrafa, la forma de entrega será dada a conocer por la DGFCCE a través del portal de esta Secretaría, así como en la página de internet del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) www.snice.gob.mx, y la cuenta Twitter @SNICEmx.
6.Para efectos de los trámites seguidos ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, dentro de la Dirección General de Inversión Extranjera, los plazos y términos legales correrán normalmente. Los trámites a que se refiere este numeral deberán presentarse mediante la plataforma www.rnie.economia.gob.mx o en formato PDF a través del correo electrónico tramites.rnie@economia.gob.mx, en un horario de 9:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.
7.Las actuaciones judiciales que se notifiquen a la Secretaría de Economía como parte de un procedimiento de cualquier naturaleza, deberán hacerse preferentemente vía medios electrónicos a través del correo electrónico contencioso@economia.gob.mx, o en su defecto, en su domicilio cita en Calle Pachuca número 189, Piso 9, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México, en un horario de 9:00 a las 18:00 horas de lunes a viernes. Se encontrará inhabilitada la Oficialía de Partes ubicada en Boulevard Adolfo López Mateos No. 3025, Colonia San Jerónimo Aculco, Alcaldía Magdalena Contreras, código postal 10400, en la Ciudad de México, por lo que cualquier notificación o correspondencia deberá realizarse o entregarse en el domicilio señalado en el primer párrafo del presente numeral.
8.En procedimientos penales, los requerimientos de información por parte de fiscalías, policía y órganos jurisdiccionales se recibirán únicamente mediante correo electrónico a la dirección asuntos.penales@economia.gob.mx, en el horario de 9:00 a las 18:00 horas de lunes a viernes.
Quedan exceptuados de la medida de suspensión los procedimientos de adquisiciones, arrendamientos y servicios cuya realización sean de extrema urgencia o resulten necesarios para la continuidad de operaciones para el cumplimiento de las funciones esenciales de la Secretaría de Economía.
Los abogados de la firma estarán disponibles para resolver cualquier consulta al respecto.
García Barragán Abogados